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sábado, 11 de mayo de 2013

La revolución 3.0 del curriculum inteligente está en CuVitt

CuVitt irrumpe en el mercado laboral con el objetivo de cambiar para siempre el concepto del Currículum Vitae que teníamos hasta ahora.



Desde la perspectiva de quien está buscando empleo, el hecho de tener que expresar su vida profesional en un formato estático no mayor de 2 páginas, le impide diferenciarse efectivamente de otros candidatos, que pudieran tener menores calificaciones y competencias para optar a esta oportunidad.


Desde la perspectiva del especialista de RRHH, a cargo del proceso de selección, un CV estático no tiene toda la información necesaria para hacer un análisis preliminar del perfil de capacidades, actitudes y competencias, que demuestren la adecuación del candidato a las especificidades de la posición vacante, y garanticen al mismo tiempo, la deseable compatibilidad con la cultura de la empresa.



Según el propio blog de CuVitt, sólo el 7% de los profesionales se siente representado por su currículum, lo que significaría que nada menos que 21 millones de españoles NO se sienten representados. CuVitt vendría a poner solución a este terrible dato, tratando de representar al usuario en 3 dimensiones:
  • Talento: ¿qué te gusta hacer? – Pintar, dibujar, cantar, hacer deporte, ayudar a los demás, hacer networking, escribir un blog…El perfil de Talento establece una primer nivel de caracterización del profesional en función de 5 atributos o indicadores, que siendo representados en un radar pentagonal, permiten para cada candidato, la identificación objetiva de sus fortalezas (diferenciadores), y sus debilidades (áreas potenciales de mejora):
    • Artístico
    • Físico
    • Intelectual
    • Relacional
    • Social
  • Expectativas: ¿qué esperas de tu carrera profesional? – ¿Seguridad y estabilidad, o reto e incertidumbre?, ¿Qué es para ti el éxito profesional? ¿Qué es imprescindible para que un trabajo te haga feliz?
  • Trayectoria: ¿qué has hecho hasta ahora? – ¿Eres licenciado, tienes algún master, o eres opositor?, ¿sabes idiomas?, ¿te tomaste un año sabático y te cambió la vida?, ¿tienes un blog, has escrito algún libro o artículo?, ¿has dado conferencias como experto?


Así, los usuarios que decidan registrarse en CuVitt, además de rellenar sus datos personales y su formación académica y profesional, tendrán la posibilidad de responder a una serie de preguntas que complementarán su carta de presentación, mostrando también aquellas aptitudes y expectativas laborales que pueden ser útiles para las empresas pero que no siempre aparecen plasmadas en el currículum tradicional.

El usuario construye su currículum y el sistema lo analiza ofreciendo más de 20 indicadores y 30 tipologías, de manera que comprenda su posición en el mercado laboral y pueda gestionarla con más eficacia hacia la consecución de sus objetivos.

Una vez que el perfil se encuentre completado, el usuario recibirá una URL que le permitirá acceder a su nuevo currículum en formato de mini-site en una plataforma de última generación y que podrá difundir en redes sociales o enviar directamente a empresas y compañías.

Aquí puedes conocer algunas opiniones de grandes referentes de la blogoesfera sobre CuVitt.
Y tú, ¿te animas a hacerte tu CuVitt?

martes, 14 de diciembre de 2010

Lo que no te pueden preguntar en una entrevista de trabajo


Tanto empresas como candidatos a un empleo deben estar atentos: pedir información sobre asuntos íntimos en los procesos de selección es una infracción muy grave y, por tanto, se puede denunciar.


Preguntas como "¿tiene pensado casarse?" o "¿cuál es su adscripción ideológica?" ya no tienen cabida en ningún proceso de selección. Las cuestiones personales quedan fuera de cualquier entrevista de trabajo gracias a la modificación que introduce la nueva reforma laboral en la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social.Este cambio tipifica como infracción muy grave "solicitar datos de carácter personal en los procesos de selección". Es decir, se sanciona el hecho de pedir este tipo de información. Antes, esta conducta no estaba reconocida.

Se trata de una modificación que afecta tanto a las empresas como a los candidatos a un puesto de trabajo, y que puede acarrear multas de entre 6.251 y 187.515 euros, dependiendo de si el grado de la sanción es mínimo, medio o máximo. Además la compañía podría perder las ayudas, bonificaciones y otros beneficios de los que disfruta. Sin embargo, a pesar de su relevancia, ha pasado desapercibida debido, en parte, al protagonismo del que ha gozado el coste del despido en la reforma del mercado de trabajo.

Preguntas profesionales

Las organizaciones sólo pueden solicitar información estrictamente profesional en las entrevistas de trabajo que realicen. Algo que varias firmas de selección ya practican desde hace años.

Beltrán Benjumea, director de Michael Page, explica que "en 2002 se decidió que en los informes de los candidatos sólo apareciesen datos referentes a las competencias. Se eliminó, por tanto, cualquier valoración de aspecto personal".

En Ray Human Capital se utiliza desde hace quince años una metodología basada en las capacidades de la persona que inciden en el desempeño laboral, según expone Emilio Solís, director general adjunto de la compañía. Y Olga Linares, directora de sistemas de gestión de Catenon, afirma que "nunca hemos incluido preguntas personales para valorar a nuestros candidatos".

Sin embargo, María Jesús Parra y Diego Enjuto, socia y asociado respectivamente de Cuatrecasas, Gonçalves Pereira, advierten de que "las organizaciones tienen que cambiar el chip. Deben darse cuenta de que formular una pregunta aparentemente inofensiva puede ocasionarles muchos problemas".

Si el candidato sospecha que se está vulnerando su derecho a la intimidad, puede actuar. En principio, no tiene por qué contestar esas cuestiones, sin que esto perjudique sus posibilidades de acceder al puesto que opta, reconocen Parra y Enjuto. Según José María Carpena, abogado de Sagardoy, "es posible responder con evasivas, e incluso mentir".

Una vez terminado el proceso de selección es ya la Inspección de Trabajo la encargada de recibir las denuncias sobre estas prácticas. Carpena recuerda que estas acusaciones son anónimas –la empresa no va a conocer quién es el denunciante–, aunque hay que aportar las pruebas del delito. En este punto los expertos reconocen la dificultad en la norma, porque no es fácil demostrar que el entrevistador ha realizado cuestiones personales. "Por ejemplo, se puede grabar de forma oculta la conversación, aunque es algo complicado", asegura el abogado de Sagardoy, quien añade que "si la gente comienza a utilizar ese método, las empresas finalmente no harán ese tipo de cuestiones". Las firmas de selección consultadas no ponen objeción a que el candidato lleve una grabadora. Parra, por su parte, expone que "los formularios o los individuos que anteriormente han sido entrevistados sirven como prueba. Pero no es fácil de conseguir".


Una vez aportados los datos, la Inspección de Trabajo debe constatar los hechos denunciados para emitir el acta de infracción. "Este documento presume que las acusaciones son ciertas, por lo que el denunciado debe probar que lo que se dice no es verdadero. Algo que también presenta numerosas dificultades", destaca la socia de Cuatrecasas, Gonçalves Pereira.

Hasta el momento los abogados no tienen constancia de casos de denuncia. "Principalmente porque es un tema desconocido y por la dificultad para demostrarlo", cree Carpena. Para Enjuto, la escasa jurisprudencia se debe a dos razones: "Por un lado, no existe concienciación por este asunto; y por otro, no estamos ante Derecho Laboral propiamente dicho. Un candidato no tiene ninguna relación jurídica con la empresa".

Fuente: Expansión y Empleo